Aborto en Uruguay | Informe
En noviembre de 2012 se reglamentó en el Uruguay la Ley que implementa la interrupción voluntaria del embarazo.
Según el artículo 2 de la una norma “La interrupción voluntaria del embarazo no será penalizada para el caso que la mujer cumpla con todos los requisitos y se realice durante las primeras doce semanas.”
Luego de aprobada la ley, en Salto un departamento ubicado al Norte del Uruguay, el 100% de los y las profesionales de la ginecología recurrieron a la objeción de conciencia para no realizar la interrupción que indica la ley.
En los dos servicios de salud existentes: el Centro Médico de Salto (mutualista privada) y la Administración de los Servicios de Salud del Estado, las usuarias que solicitaban la interrupción del embarazo eran derivadas a los centros de salud de Artigas o Montevideo.
En este contexto y con el fin de analizar el estado de situación del ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, la organización Mujer y Salud en Uruguay, MYSU realizó un estudio de la situación en el departamento de Salto.